Política: Desde SER reclaman la derogación de la Ley de Lemas

Un parte de prensa del partido político que lidera Claudio Vidal, hace referencia en una parte del mismo a que utilizar sistemas electorales a medida de los dirigentes o partidos políticos es un grave ataque a las instituciones y la democracia. La Ley de Lemas degrada el proceso electivo y resulta una estafa para los votantes.
El documento expresa entre algunos de sus párrafos: «
Hoy rige a los santacruceños un sistema electoral manifiestamente antidemocrático e inconstitucional, que violenta la voluntad popular e impide que puedan acceder al Poder Ejecutivo, Legislativo y Municipal aquellas personas que han obtenido la mayoría de los votos. Por lo tanto, no existe representatividad ni voto directo.
Da lo mismo a quién se vote, el sistema electoral va a direccionar el voto a donde el poder fáctico necesite que vaya. De todos los ardides que utiliza el kirchnerismo para perpetuarse en el poder, este es el más grosero y grave.
La Ley de Lemas es un sistema distorsivo de la voluntad popular. Mediante ese mecanismo, cada partido o coalición de fuerzas políticas constituye un lema. Cada lema puede tener varios sublemas, que son listas de candidaturas o agrupación en torno al lema principal, pero con énfasis políticos diferentes en muchos casos -puede haber un candidato radical, otro peronista y otro socialista-. Esto fomenta las divisiones internas dentro de los partidos, y engañan y confunden al elector.
El candidato más votado puede terminar siendo derrotado por otro que obtuvo la mitad de los votos -ya ocurrió algo parecido-, pero fue el sublema más votado dentro de lema ganador y eso lo habilita a quedarse con la elección. Este tipo de sistema atenta contra la representatividad, contra las preferencias electorales de los ciudadanos, contra la democracia.
Está claro que los sistemas electorales no son “inocentes” ni “neutrales”, pero la sociedad no puede quedar rehén de un sistema como este que tanto daño nos ha provocado. La Ley de Lemas es un verdadero fraude de la representatividad democrática de los santacruceños.
Queda claro que un instrumento electoral de esta calaña ha vaciado de legitimidad a la dirigencia política, tanto provincial como municipal. Muchos de los que gobiernan no han superado el 30% de los votos del padrón, si la votación fuera directa salieron 3ero o 4tos
Realmente alguien puede creer que es democrático que se desconozca la voluntad popular, no puedo más que preguntar: ¿Dónde queda la representación de las mayorías?
Los derechos políticos pertenecen exclusivamente a la persona como ciudadano, y estos están protegidos por la Constitución Nacional. En Santa Cruz el sistema de elección es inconstitucional, aun cuando el Poder Judicial haya resuelto lo contrario, porque quebranta el derecho político de elegir directamente a sus representantes. La CSJN no la prohíbe porque respeta la autonomía provincial en este asunto, pero hace un juicio muy duro contra su utilización.
Enumerando rápidamente algunos artículos de la Constitución provincial que la ley de lemas viola, podemos mencionar los siguientes -utilizaré para su confección el proyecto de ley presentado por los legisladores del Partido SER Santa Cruz en la Legislatura el 19/08/2021 y que lleva el N° 424 -:
Artículo 1.- La Provincia de Santa Cruz, con los límites que por derecho le corresponden, es parte indestructible e inseparable de la Nación Argentina. La Constitución Nacional y las leyes nacionales que en su conformidad se dicten son su ley suprema. Para el libre ejercicio de los poderes y derechos no delegados expresamente a la Nación, se organiza de acuerdo a la forma representativa y republicana.-
[“Se organiza de acuerdo a la forma representativa y republicana”, la ley de lemas como dije, carece de representatividad]
Artículo 114.- El Gobernador y el Vicegobernador serán elegidos directamente por el pueblo de la Provincia a simple pluralidad de sufragios. Podrán ser reelectos.
[“Serán elegidos directamente …. a simple pluralidad de sufragios”, ni es directo ni gana el que saca mayor cantidad de votos con la ley de lemas]
Artículo 85.- El Poder Legislativo será ejercido por una Cámara de Diputados compuesta por veinticuatro miembros, catorc e electos a razón de uno por cada municipio y los restantes elegidos directamente por el pueblo de la Provincia en distrito único, asegurando la representación de las minorías.-
[“Elegidos directamente por el pueblo de la Provincia”, algo que tampoco se cumple con la ley de lemas]
Artículo 143.- La Convención Municipal se integrará por el doble del número de concejales elegidos por voto directo y por el sistema de representación proporcional. Para ser convencional se requerirán las mismas condiciones que para ser concejal. La ordenanza que declare la necesidad del dictado de Carta Orgánica fijará las inhabilidades e incompatibilidades para ser electo convencional municipal y podrá establecer mayoría especiales para la sanción de aquella.-
[“Elegidos por el voto directo y por el sistema de representación proporcional”, seguimos desconociendo lo que dice la Constitución si permitimos que la ley de lemas se mantenga]
Artículo 145.- Las Cartas Orgánicas deberán asegurar: 1) Los principios del régimen representativo y democrático. 2) La elección directa y a simple pluralidad de sufragios órgano ejecutivo y la representación proporcional en cuerpos colegiados. 3) El procedimiento para su reforma. 4) Los derechos de consulta e iniciativa popular. 5) Un sistema de contralor de las cuentas públicas. 6) El reconocimiento de juntas vecinales y comisiones de vecinos, con participación en la gestión municipal y preservación del régimen representativo y republicano. 7) Los principios, declaraciones y garantías de esta Constitución.
[“1) Los principios del régimen representativo y democrático, 2) La elección directa y a simple pluralidad de sufragios”, nada de eso se respeta y asegura con la ley de lemas]
Asimismo, es importante resaltar que infringe lo garantizado por el art. 37 de la Carta Magna en cuanto al pleno ejercicio de los derechos políticos, siendo el voto uno de ellos, en tanto constituyen el fundamento de los demás derechos a la par que son una garantía que ha sido incorporada a las Constituciones democráticas modernas dado que la participación de los ciudadanos es indispensable en la adopción de las decisiones políticas constituyendo la esencia y el valor de la democracia a lo que el texto del artículo mencionado supra agrega: “el sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio”.
A lo largo de los años son varios los Proyectos presentados para debatir esta cuestión -sin éxito-, proyectos presentados tanto por el oficialismo como la oposición:
– Proyecto Nº 549- Fecha: 21/10/2008- Diputados: Omar Husain HALLAR – Gabriela Miriam MESTELAN – Nadia Lorena RICCI – Jorge Fernando CRUZ.) BLOQUE UCR – ENCUENTRO CIUDADANO.-
– Proyecto N° 612- Fecha: 18/11/2011- (Diputado: Jorge Fernando CRUZ); BLOQUE UNION CIVICA RADICAL.-
– Proyecto N° 227- Fecha: 26/06/2013- Daniel Román PERALTA- Gobernador (Nota Gob N° 013/2013); Poder Ejecutivo Provincial- PJ.-
– Proyecto Nº: 006- Fecha: 11/03/2014- Diputado: Jorge Mario ARABEL.-BLOQUE F.V.S. – PARTIDO JUSTICIALISTA
– Proyecto Nº: 016- Fecha: 12/03/2014- Diputados: Héctor Alberto ROQUEL, Estela Maris BUBOLA.- BLOQUE UNION CIVICA RADICAL
– Proyecto Nº: 560- Fecha: 04/12/2014), Diputado: Juan Martín PAIVA)- BLOQUE F.V.S. – PARTIDO JUSTICIALISTA.-
– Proyecto N° 151- de fecha 05/05/2017- Dip Jorge Mario ARABEL BLOQUE F.V.S. – PARTIDO JUSTICIALISTA
– Proyecto N°400 de fecha el 27/09/2017, Dip. Gabriela Miriam MESTELAN.- BLOQUE UNION PARA VIVIR MEJOR.-
– Proyecto Nº: 480- Fecha: 27/11/2019- Gabriela Miriam MESTELAN – José Alberto LOZANO. BLOQUE UNION PARA VIVIR MEJOR
– Proyecto Nº: 139- Fecha: 09/06/2020- Diputado: Javier PÉREZ GALLART.– BLOQUE NUEVA SANTA CRUZ.-
Es necesario abrir y sumar yendo hacia adelante, dejando atrás las dudas y los miedos. Decir las cosas que pasan sin eufemismos ni dobles sentidos, desenmascarar al “monstruo” que se viste de demócrata, de republicano, de santacruceño y solo atenta contra nuestra cultura, nuestros valores, nuestro sistema para elegir autoridades por el simple hecho de quedarse con nuestras riquezas.
Nos encontramos ante un momento decisivo, necesitamos ser revulsivos y valientes para terminar con tanta trampa electoral, tanto fraude, eso plantea la Ley de Lemas. Es momento de repensar la distribución de la coparticipación para que deje de financiar la “caja política K” y de adoctrinar con “premios y castigos” a los intendentes y presidentes de comisiones de fomento de la provincia. No hay futuro si los cargos políticos no se pueden elegir libremente y existe una sumisión al poder central -al poder kirchnerista- si se ejerce.
Santa Cruz es una tierra de convivencia, solidaridad, es triste lo que estamos viviendo. Todavía no ha comenzado la etapa electoral, por eso es oportuno entender que la modificación de la ley de Coparticipación y terminar con el sistema electoral de la Ley de Lemas significará que se están comenzando a oír los justos reclamos populares, escucharlos y transformar lo que está mal nos darán mejores oportunidades de bienestar.». (Fuente: Prensa partido SER)

